5 obligaciones de la ley de blanqueo de capitales de España

por Alejandro Riveros
21/05/20
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La prevención del blanqueo de capitales y la financiación del terrorismo en España cuenta con una ley desde el año 2010, que fue reformada en el año 2018.  En esta última reforma se establece como obligación para los sujetos obligados, que estos implanten canales específicos para la denuncia interna de conductas contrarias a la ley o a los procedimientos internos de la entidad aprobados para dar cumplimiento a aquélla. De esta forma, todo profesional que pretenda asumir responsabilidades en el área de Compliance de una entidad ha de conocer las obligaciones que estipula la ley de blanqueo de capitales de España.

La prevención del blanqueo de capitales en España

El blanqueo de capitales consiste en una actividad encaminada a ocultar el origen fraudulento de fondos provenientes de actividades ilícitas. De esta forma, se da una apariencia ilegal a un dinero que procede de actividades ilegales.

En España, la Ley 10/2010 de prevención de blanqueo de capitales y financiación del terrorismo recoge en su capítulo II varias obligaciones de cumplimiento para las organizaciones. Estas afectan tanto a las entidades bancarias como a cualquier otro tipo de empresa o profesional sujeto a esta ley.

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Obligaciones de la Ley 10/2010 antiblanqueo

Entre las obligaciones que incluye la ley antiblanqueo de capitales española podemos encontrar las siguientes.

1 Identificación formal y real del cliente

El artículo 3 de la Ley 10/2010 enuncia la obligación de identificación del cliente de la empresa o entidad, necesaria para poder llegar a su conocimiento, del siguiente modo: “Los sujetos obligados identificarán a cuantas personas físicas o jurídicas pretendan establecer relaciones de negocio o intervenir en cualesquiera operaciones. En ningún caso los sujetos obligados mantendrán relaciones de negocio o realizarán operaciones con personas físicas o jurídicas que no hayan sido debidamente identificadas”.

Por otro lado, el artículo 4 de la Ley 10/2010 también establece que los sujetos obligados tendrán que recabar información sobre sus clientes. Todo ello, con el fin de determinar si actúan por cuenta propia o de terceros.

2. Comunicación de operaciones al SEPBLAC

El SEPBLAC es el Servicio Ejecutivo de la Comisión de Prevención del Blanqueo de Capitales e Infracciones Monetarias. De esta forma, la ley antiblanqueo establece la obligatoriedad de comunicar a este organismo varias cuestiones. Entre ellas, comunicar cualquier hecho o acción que pueda suponer un indicio o certeza de que esté relacionado con el blanqueo de capitales o la financiación del terrorismo. Esta comunicación ha de realizarse por iniciativa propia.

También se establece una obligación de comunicación sistemática, de forma mensual, al SEPBLAC, de los siguientes aspectos:

  • Operaciones que lleven aparejado movimiento físico de moneda metálica, billetes de banco, cheques de viaje, cheques u otros documentos al portador librados por entidades de crédito, por importe superior a 30.000 euros.
  • Cualesquiera otras operaciones que, a propuesta de la Comisión de prevención del blanqueo de capitales e infracciones monetarias, se recojan en las disposiciones de aplicación del reglamento.

3. Obligación de colaboración con el SEPBLAC

A la hora de luchar contra el blanqueo de capitales en España, la ley también obliga a facilitar información que solicite el SEPBLAC. Especialmente, cuando haya datos o indicios de acciones sospechosas.

4. La obligación de establecer medidas de control interno

El artículo 26 de la Ley 10/2010 también establece la obligación, dirigida a los sujetos obligados, de establecer medidas internas de prevención del blanqueo de capitales. Entre ellas:

  • Establecer un órgano de control interno y comunicación.
  • Contar con procedimientos de control interno y comunicación.
  • Disponer de una política expresa de admisión de clientes.

Dichos procedimientos y órganos deberán ser “adecuados” a fin de prevenir e impedir la realización de operaciones relacionadas con el blanqueo de capitales.

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Sobre el autor

Soy Alejandro Riveros, un publicista colombiano con una amplia trayectoria en el mundo del marketing y las relaciones públicas. Mi formación profesional comenzó en la reconocida Universidad Sergio Arboleda de Bogotá, donde me especialicé en Publicidad. Durante mi tiempo en la universidad, adquirí los conocimientos y las habilidades necesarias para enfrentar los retos del campo laboral. Actualmente, formo parte del equipo de marketing de EALDE Business School, una institución de renombre. En esta posición, tengo la oportunidad de redactar artículos para el blog, lo cual me permite compartir mis conocimientos y experiencias con otros profesionales del ámbito empresarial. Trabajar en EALDE Business School ha ampliado mi perspectiva y me ha brindado la oportunidad de participar en proyectos educativos de gran envergadura. A lo largo de mi carrera, he tenido la valiosa oportunidad de trabajar tanto en el sector público como en el privado. Inicié mi trayectoria en equipos de relaciones públicas, donde desempeñé funciones en el desarrollo y ejecución de campañas publicitarias dentro de reconocidas agencias del medio. Esta experiencia me permitió desarrollar habilidades estratégicas y creativas, y despertó mi pasión por buscar nuevas oportunidades. El espíritu emprendedor siempre ha sido una de mis mayores motivaciones, lo cual me llevó a fundar mi propia empresa dedicada al marketing de influencia y Talent Management. Esta experiencia me permitió explorar nuevas formas de conectar a las marcas con su audiencia a través de influencers y desarrollar estrategias innovadoras para el crecimiento empresarial. Además de mi experiencia en el sector empresarial, he tenido el privilegio de formar parte de importantes equipos políticos en Colombia. Comencé mi trayectoria como miembro de la Unidad de Trabajo Legislativo (UTL) del Senador Colombiano Antonio Navarro Wolff, donde contribuí en la elaboración y ejecución de proyectos legislativos de gran relevancia. Posteriormente, me uní a la UTL del Senador Juan Luis Castro Córdoba, donde pude seguir aportando al desarrollo de políticas públicas. Continuando mi trayectoria en el ámbito político, formé parte de la Unidad de Apoyo Normativo (UAN) del Concejal de Bogotá Juan Javier Baena Merlano. En esta posición, trabajé en la elaboración de propuestas normativas y proyectos de impacto para la ciudad. Estas experiencias me brindaron una visión integral del sistema político y la importancia de la comunicación efectiva en el ámbito público. En mi búsqueda constante de crecimiento y conocimiento, obtuve un Máster en Marketing Político de la Universidad de Alcalá de Henares en Madrid, España. Esta experiencia académica enriquecedora me permitió profundizar mis conocimientos y habilidades en el ámbito del marketing político, fortaleciendo mi capacidad para crear estrategias efectivas y comunicar mensajes persuasivos. Además de mi dedicación profesional, tengo pasiones que me acompañan en mi día a día. Soy un apasionado del fútbol, un deporte que me apasiona tanto ver como practicar. También tengo un profundo interés por la geografía, explorando diferentes culturas y países a través de la cartografía y los viajes. Además, el ajedrez es una de mis aficiones, que me desafía intelectualmente y me ayuda a desarrollar habilidades estratégicas.
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