• Programas
    • Gestión de Riesgos
    • Dirección de Proyectos
    • Dirección General
    • Compliance
    • Ciberseguridad
  • EALDE
    • EALDE
    • Nuestro equipo
    • Profesorado
    • Opiniones de nuestros alumnos
    • Metodología
    • Preguntas frecuentes
    • ¿Por qué estudiar en EALDE?
  • Matriculación
    • Proceso de admisión
    • Solicita admisión
    • Matriculación
    • Becas y Financiación
  • Actualidad
    • Eventos
    • Blog
  • Contacto
  • Campus
Logo-Ealde-Negativo-200x50px
  • Programas
    • Gestión de Riesgos
    • Dirección de Proyectos
    • Dirección General
    • Compliance
    • Ciberseguridad
  • EALDE
    • EALDE
    • Nuestro equipo
    • Profesorado
    • Opiniones de nuestros alumnos
    • Metodología
    • Preguntas frecuentes
    • ¿Por qué estudiar en EALDE?
  • Matriculación
    • Proceso de admisión
    • Solicita admisión
    • Matriculación
    • Becas y Financiación
  • Actualidad
    • Eventos
    • Blog
  • Contacto
  • Campus

Compliance

Portada » Blog » 5 obligaciones de la ley de blanqueo de capitales de España

5 obligaciones de la ley de blanqueo de capitales de España

  • Escrito por EALDE
  • Categorías Compliance
  • Fecha 21 mayo, 2020
  • Comentarios 0 comentarios
Obligaciones de la ley de blanqueo de capitales de España
5/5 - (2 votos)

La prevención del blanqueo de capitales y la financiación del terrorismo en España cuenta con una ley desde el año 2010, que fue reformada en el año 2018.  En esta última reforma se establece como obligación para los sujetos obligados, que estos implanten canales específicos para la denuncia interna de conductas contrarias a la ley o a los procedimientos internos de la entidad aprobados para dar cumplimiento a aquélla. De esta forma, todo profesional que pretenda asumir responsabilidades en el área de Compliance de una entidad ha de conocer las obligaciones que estipula la ley de blanqueo de capitales de España.

La prevención del blanqueo de capitales en España

El blanqueo de capitales consiste en una actividad encaminada a ocultar el origen fraudulento de fondos provenientes de actividades ilícitas. De esta forma, se da una apariencia ilegal a un dinero que procede de actividades ilegales.

En España, la Ley 10/2010 de prevención de blanqueo de capitales y financiación del terrorismo recoge en su capítulo II varias obligaciones de cumplimiento para las organizaciones. Estas afectan tanto a las entidades bancarias como a cualquier otro tipo de empresa o profesional sujeto a esta ley.

Obligaciones de la Ley 10/2010 antiblanqueo

Entre las obligaciones que incluye la ley antiblanqueo de capitales española podemos encontrar las siguientes.

1 Identificación formal y real del cliente

El artículo 3 de la Ley 10/2010 enuncia la obligación de identificación del cliente de la empresa o entidad, necesaria para poder llegar a su conocimiento, del siguiente modo: “Los sujetos obligados identificarán a cuantas personas físicas o jurídicas pretendan establecer relaciones de negocio o intervenir en cualesquiera operaciones. En ningún caso los sujetos obligados mantendrán relaciones de negocio o realizarán operaciones con personas físicas o jurídicas que no hayan sido debidamente identificadas”.

Por otro lado, el artículo 4 de la Ley 10/2010 también establece que los sujetos obligados tendrán que recabar información sobre sus clientes. Todo ello, con el fin de determinar si actúan por cuenta propia o de terceros.

2. Comunicación de operaciones al SEPBLAC

El SEPBLAC es el Servicio Ejecutivo de la Comisión de Prevención del Blanqueo de Capitales e Infracciones Monetarias. De esta forma, la ley antiblanqueo establece la obligatoriedad de comunicar a este organismo varias cuestiones. Entre ellas, comunicar cualquier hecho o acción que pueda suponer un indicio o certeza de que esté relacionado con el blanqueo de capitales o la financiación del terrorismo. Esta comunicación ha de realizarse por iniciativa propia.

También se establece una obligación de comunicación sistemática, de forma mensual, al SEPBLAC, de los siguientes aspectos:

  • Operaciones que lleven aparejado movimiento físico de moneda metálica, billetes de banco, cheques de viaje, cheques u otros documentos al portador librados por entidades de crédito, por importe superior a 30.000 euros.
  • Cualesquiera otras operaciones que, a propuesta de la Comisión de prevención del blanqueo de capitales e infracciones monetarias, se recojan en las disposiciones de aplicación del reglamento.

3. Obligación de colaboración con el SEPBLAC

A la hora de luchar contra el blanqueo de capitales en España, la ley también obliga a facilitar información que solicite el SEPBLAC. Especialmente, cuando haya datos o indicios de acciones sospechosas.

4. La obligación de establecer medidas de control interno

El artículo 26 de la Ley 10/2010 también establece la obligación, dirigida a los sujetos obligados, de establecer medidas internas de prevención del blanqueo de capitales. Entre ellas:

  • Establecer un órgano de control interno y comunicación.
  • Contar con procedimientos de control interno y comunicación.
  • Disponer de una política expresa de admisión de clientes.

Dichos procedimientos y órganos deberán ser “adecuados” a fin de prevenir e impedir la realización de operaciones relacionadas con el blanqueo de capitales.

Máster en Compliance, Fraude y Blanqueo de EALDE Business School

Las normativas españolas contra el blanqueo de capitales son abordadas en profundidad en el Máster en Compliance, Fraude y Blanqueo de EALDE Busienss School. Se trata de un máster online dirigido a los profesionales que trabajen en áreas de cumplimiento normativo y quieran asumir puestos de responsabilidad.

Puedes obtener más información sobre el Máster en Compliance, Fraude y Blanqueo rellenando el siguiente formulario:

Programas de EALDE

Cursos en Compliance

EALDE Business School también dispone de cursos de un mes de duración en Compliance, Fraude y Blanqueo. Puedes acceder a toda la oferta en el siguiente apartado:

Programas de EALDE

Más información:

Etiquetas:blanqueo de capitales, compliance, normativa antiblanqueo

  • Compartir:
author avatar
EALDE

Anteriores posts

Risk Conference 2020: ¿Cómo afectará el COVID-19 en los sectores?
21 mayo, 2020

Próximos posts

Cómo elaborar un acta de constitución de un Proyecto
22 mayo, 2020

Posts de interés

El modelo de las 3 Lod está vinculado tanto a la gestión de riesgos como al Compliance
Cómo funciona el modelo de las 3 líneas en Compliance
9 mayo, 2022
Perfil del alumno de Compliance
Cómo saber si un Máster en Compliance mejorará mi perfil profesional
25 abril, 2022
La ética y el cumplimiento o Compliance son dos términos que están muy relacionados en el entorno empresarial
Principales diferencias entre la ética y el cumplimiento normativo
20 abril, 2022

Deja un comentario Cancelar la respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Este sitio usa Akismet para reducir el spam. Aprende cómo se procesan los datos de tus comentarios.

banner compliance fraude y blanqueo

Temáticas

Sello de calidad European Excellence Education

Entradas recientes

  • ¿Qué es un seguro de riesgo cibernético?
  • Consejos de EALDE para acabar con éxito tu máster online
  • EALDE obtiene el Sello de Calidad y Excelencia Educativa European Excellence Education


logo-footer

edificioC/ del Golfo de Salónica, 27
28033 Madrid, España

mail[email protected]
telefono +34 917 710 259

SOBRE NOSOTROS


EALDE
Profesorado
Metodología
Campus Virtual
Testimonios de Alumnos
Preguntas frecuentes

ÁREAS DE CONOCIMIENTO


Dirección General
Banca y Finanzas
Dirección de Proyectos
Gestión de Riesgos
Marketing y Comunicación
Comercio Internacional

¿HABLAMOS?


Entra en nuestro blog
Envíanos tus comentarios
Solicita admisión
Becas

Aviso Legal         Condiciones de Contratación         Trabaja con nosotros

©2022 EALDE Business School. Todos los derechos reservados.